- En atención a que el peticionario es anónimo y no señala una dirección de notificación para remitir la respuesta dada a la petición CRE030105662 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Respuesta a la petición nro. CRE030105662
- En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio del señor JOSE RUSSEL MONCALEANO LOZANO, la respuesta dada a la petición CRE010104212 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Respuesta Derecho de Petición CRE010104212
- En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición, presentado por anónimo ante la Personería de Bogotá con radicados 174436 Y 174425 de 2021 y trasladado por dicha entidad a esta Cámara de Comercio, dado que no se informó dirección, ni correo electrónico, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Respuesta al derecho de petición anónimo - Personería de Bogotá CRE030104351
- Publicamos la Resolución nro. 182 del 30 de julio de 2021 a través de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá dejó como no asignados unos actos administrativos del registro mercantil.
Resolución nro. 182 del 30 de julio de 2021
- Publicamos la resolución nro. 189 del 10 de agosto de 2021 por medio de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá deja como no asignadas unas matrículas en el registro mercantil.
Resolución nro. 189 del 10 de agosto de 2021
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