Notificaciones 2021

Diciembre 2021

  • Mediante la resolución nro. 294 la Cámara de Comercio de Bogotá resolvió un recurso de reposición y en subsidio de apelación relacionado con la entidad ASOCIACION DE VENDEDORES DE LA CASETA FERIA POPULAR DE LA AVENIDA PRIMERO DE MAYO.  Resolución nro. 294 de 2021

 

Noviembre 2021

  • Publicamos la respuesta dada a la petición con radicado CRE020110961, toda vez que la dirección electrónica reportada por el peticionario reporta "falla en la entrega", se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición nro. CRE020110961

 

Octubre 2021

 

  • Publicamos la Resolución nro. 269 del 28 de octubre de 2021 a través de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá corrigió unas actuaciones administrativas en el registro mercantil.  Resolución 269 de 2021
  • Publicamos la Resolución nro. 260 del 25 de octubre de 2021, mediante la cual la Cámara de Comercio de Bogotá corrigió unas actuaciones administrativas en el registro mercantil.  Resolución nro. 260 de 2021 - Memorando CC-1550-0109  
  • Publicamos la Resolución nro. 259 del 20 de octubre de 2021 a través de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá corrigió unas actuaciones administrativas en el registro mercantil.  Resolución nro. 259 del 20 de octubre de 2021
  • En atención a que el peticionario es anónimo y no señala una dirección de notificación para remitir la respuesta dada a la petición CRE00109824 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE00109824
  • Publicamos la Resolución nro. 251 del 12 de octubre de 2021 a través de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá corrigió unas actuaciones administrativas en el registro mercantil.  Resolución nro. 251 del 12 de octubre de 2021 Varias situación de control 2018 Memorando CC-1550-0103
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección electrónica del señor JONATHAN ROJAS ARIZA, la respuesta dada a la petición CRE030106908 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030106908
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección electrónica del señor JUAN JOSE TORRES GOMEZ, la respuesta dada a la petición CRE110108254 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE110108254

 

Septiembre 2021

 

  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio de la señora CARMEN AMALIA MALDONADO DUARTE, la respuesta dada a la petición CRE030105671, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.   Respuesta a la petición CRE030105671
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de correo ( jagiron.comercial@unilibrepereira.edu.co ) de la ciudad de Pereira del señor (JEFFERSON ANDRES GIRON PINEDA), la respuesta dada a la petición CRE030106001 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
    Respuesta a la petición CRE030106001

 

Agosto 2021

 

  • En atención a que el peticionario es anónimo y no señala una dirección de notificación para remitir la respuesta dada a la petición CRE030105662 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición nro. CRE030105662
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio del señor JOSE RUSSEL MONCALEANO LOZANO,  la respuesta dada a la petición CRE010104212 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta Derecho de Petición CRE010104212
  • En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición, presentado por anónimo ante la Personería de Bogotá con radicados 174436 Y 174425 de 2021 y trasladado por dicha entidad a esta Cámara de Comercio, dado que no se informó dirección, ni correo electrónico, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta al derecho de petición anónimo - Personería de Bogotá CRE030104351
  • Publicamos la Resolución nro. 182 del 30 de julio de 2021 a través de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá dejó como no asignados unos actos administrativos del registro mercantil.  Resolución nro. 182 del 30 de julio de 2021
  • Publicamos la resolución nro. 189 del 10 de agosto de 2021 por medio de la cual la Cámara de Comercio de Bogotá deja como no asignadas unas matrículas en el registro mercantil.  Resolución nro. 189 del 10 de agosto de 2021

 

Julio 2021

 

 

Mayo 2021

 

  • En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición recibido con radicado nro. CRE030097613, dado que se envió 2 veces a la dirección electrónica informada por la peticionaria reportando falla en la entrega, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta al derecho de petición nro. CRE030097613
  • En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición recibido con radicado nro. CRE030099097,por la carencia de datos de notificación, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta al derecho de petición radicado nro. CRE030099097

 

Abril 2021

 

  • Teniendo en cuenta que el peticionario, no indica datos de contacto, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta notificación nro. CRE030096812  
  • En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición recibido con radicado nro. CRE030096192, dada la inexistencia de la dirección física y/o electrónica reportada por el peticionario, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta al derecho de petición recibido nro. CRE030096192   

 

Marzo 2021

 

  • En atención a que no es posible informar la respuesta dada a la petición CRE030095322 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030095322

 

Febrero 2021

 

 

Enero 2021

 

  • En atención a la imposibilidad de entrega de la respuesta al derecho de petición recibido con radicado nro. CRE030091157, dada la inexistencia de la dirección reportada por el peticionario, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta al derecho de petición nro. CRE030091157
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