¿Quiénes pueden solicitar certificados?
Cualquier persona natural o jurídica puede solicitar un certificado previo al pago de las tarifas determinadas por la ley. |
La Cámara de Comercio de Bogotá expide a los comerciantes que se encuentran en la jurisdicción de Bogotá los siguientes certificados:
Es aquel que acredita la inscripción del contrato social, las reformas y los nombramientos de administradores y representantes legales, en la cámara de comercio con jurisdicción en el domicilio de la respectiva sociedad. Este tipo de certificación tiene un valor eminentemente probatorio y está encaminado a demostrar la existencia y representación de las personas jurídicas (Artículo 117 del Código de Comercio).
De acuerdo con la ley, un certificado de esta naturaleza deberá contener:
Los certificados de Matrícula Mercantil, como su nombre lo indica, acreditan el cumplimiento de este requisito legal respecto del comerciante (persona natural o jurídica) y de sus establecimientos de comercio e informan, entre otros aspectos, el nombre y número de matrícula de los establecimientos de comercio que una persona natural o jurídica tenga registrados, siempre que se encuentren ubicados dentro del territorio que integra la jurisdicción de la cámara de comercio que los expide.
Los certificados textuales son herramientas a través de las cuales las cámaras de comercio producen copias auténticas de los actos, contratos y documentos sujetos a registro que constan en sus archivos. Con ellos, la cámara de comercio da fe de la existencia y de los contenidos de este tipo de archivos.
Este tipo de certificados informa sobre los libros de contabilidad y las actas que haya registrado el comerciante, indicando en ellos el número y fecha de registro y el destino de cada libro.
Los usuarios de las cámaras de comercio pueden solicitar certificados en los que conste la información contenida en los soportes documentales que reposan en sus archivos. Estos se expiden a solicitud del interesado y de acuerdo con la información requerida.
Es aquel que acredita la inscripción de la persona natural o jurídica en el Registro Único de Proponentes (RUP), donde se certifica la información relativa a la identificación del proponente, los datos de constitución o matrícula, representantes legales y facultades (de ser el caso), la clasificación, experiencia técnica, experiencia probable, capacidad técnica, capacidad financiera, capacidad de organización, datos de la actualización, información que ha sido modificada y no ha cumplido el término de firmeza y, finalmente, la información reportada por las entidades estatales relativa a los contratos adjudicados, en ejecución y ejecutados, multas y sanciones contractuales de los últimos 5 años (de los contratos estatales).
Las compañías vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, deben registrar en las cámaras de comercio todos los documentos sometidos a la formalidad registral, pero su existencia y representación legal se prueba únicamente con certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia. Por esta razón, las cámaras de comercio expiden, respecto de este tipo de entes, certificados de inscripción de documentos que no tienen los alcances del denominado de 'existencia y representación legal'.
Son aquellos que certifican que la información relacionada con el Registro Mercantil del comerciante NO se encuentra inscrita y por ende certificada en la cámara de comercio.
¿Quiénes pueden solicitar certificados?
Cualquier persona natural o jurídica puede solicitar un certificado previo al pago de las tarifas determinadas por la ley. |
¿Cómo pueden ser solicitarlos?
De forma presencial Pueden solicitarlos en cualquiera de las sedes comerciales de la CCB y en los Supercades. De acuerdo con el tipo de certificado, pueden ser entregados inmediatamente por encontrarse la información en línea, como es el caso de los certificados de Existencia y Representación Legal, de matricula de comerciantes y establecimientos de comercio o los inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP). Los demás certificados especiales (negativos, textuales e históricos) deberán solicitarse diligenciando el formato determinado para tal fin, en donde indicará qué información requiere, sea certificada. |
De forma virtual En la sección 'Servicio virtual: certificados electrónicos' usted podrá solicitar los siguientes certificados:
Para crear la clave virtual ingrese a: Para obtener certificados electrónicos ingrese a: |
Artículos 86 y 87 del .
Art. 6.1.1.1.1 y siguientes del Decreto 734 de 2012 .