Veedurías
Registro público de veedurías ciudadanas
Este registro corresponde a las diferentes organizaciones que ejercen vigilancia sobre:
- Gestión pública: autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control.
- Entidades públicas o privadas: Organizaciones No Gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
Si desea más información, consulte el artículo 1 de la Ley 850 de 2003 .
Trámites relacionados con este registro:
- Constitución de la veeduría o red de veedurías.
- Cancelación de la inscripción de la veeduría o red de veedurías.
- Renovación anual de la inscripción de la veeduría o red de veedurías.
- Inscripción y reconocimiento de la red de veedurías ciudadanas.
- La inscripción de todos los actos y documentos que se prevé para las personas jurídicas entidades sin ánimo de lucro.
Procedimiento para inscripción: Las organizaciones civiles o los ciudadanos, procederán a elegir de una forma democrática a los veedores, luego elaborarán un documento o acta de constitución en la cual conste el nombre de los integrantes, documento de identidad, el objeto de la vigilancia, nivel territorial, duración y lugar de residencia.
Realice estos trámites de manera presencial en cualquiera de nuestras sedes .
De acuerdo con lo establecido por la ley, el tiempo de respuesta por parte de la Cámara de Comercio de Bogotá para este registro es 15 días hábiles a partir de su radicación.