Sobre el RUP

Recuerde renovar su inscripción en el RUP, que le permite contar con el certificado para presentarse a los procesos de contratación estatal.

Beneficios de estar inscrito en el RUP
  • Dar publicidad a los requisitos que habilitan al proponente, como su capacidad jurídica, financiera, de organización y experiencia.
  • Participar en los procesos de contratación ante las entidades estatales.
  • Obtener el certificado del Registro Único de Proponentes que constituye plena prueba respecto de la información documental verificada, cuyo registro se encuentra en firme.
¿Quiénes pueden inscribirse?

Tenga en cuenta que según la última normatividad Decreto 1082 de 2015  y la Circular Externa 100-000002 de 2022 de la Superintendencia de Sociedades  capítulo 4 numeral 4.1 en el Registro Único de Proponentes podrán inscribirse:

Personas naturales:

• Comerciantes matriculados en el Registro Mercantil
• No matriculadas o con matrículas canceladas en el Registro Mercantil

Personas jurídicas:

• Sociedades comerciales
• Sociedades civiles
• Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia
• Sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
• Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL):
• Inscritas y activas en el Registro de las Entidades Sin Ánimo de Lucro
• No inscritas en el sistema de registros de la Cámara de Comercio de Bogotá.

Dónde realizar los trámites de este registro

Virtualmente. A través de este servicio realice sus trámites de inscripción, actualización, renovación y cancelación del Registro Único de Proponentes con total seguridad y validez jurídica, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 . Evite errores en el diligenciamiento y agilice los cálculos que requiere el trámite. Las certificaciones se elaboran a partir de la información que usted suministra en los formularios durante el trámite.

En sedes. En cualquiera de nuestras sedes.

Traslado de domicilio. Una vez quede en firme la inscripción del cambio del domicilio en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, la Cámara de Comercio de origen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, enviará a través del RUES a la Cámara del Comercio de Bogotá, todos los documentos del expediente del proponente con el fin de realizar el traslado del Registro Único de Proponentes, por lo anterior es un trámite entre Cámaras de Comercio y no requiere radicar formulario RUES ni cancelar derechos.

 

Tiempo de firmeza actos inscritos en el RUP

Las actuaciones inscritas en el Registro Único de Proponentes quedarán en firme pasados diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), siempre y cuando no se haya interpuesto recurso alguno contra esta actuación. En la Cámara de Comercio de Bogotá los días sábados no se cuentan como hábiles para el conteo de ningún término.

Antes de realizar sus trámites:

Consulte el valor de las Tarifas de Registros Públicos 2023 . De igual forma, verifique en las listas de chequeo los documentos requeridos por la ley y que necesitará en formato PDF para realizar su trámite exitosamente.

Ver formulario RUES:

 

 

Requisitos para utilizar el servicio virtual RUP:
  • Este servicio está desarrollado para una óptima visualización en los navegadores Internet Explorer 7 y 8, Mozilla 3.0, Google Chrome y Opera 9.5 o superior. Adicionalmente, debe tener instalado el Acrobat Reader versión 10.1 o superior. Si no lo tiene, descárguelo aquí .

Para realizar los trámites en el Registro Único de Proponentes puede consultar las ayudas e instructivos a continuación:

Conoce más acerca del  RUP

Con un lenguaje sencillo, te enseñamos el paso a paso para que realices con éxito tu inscripción.

 

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