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Nuevo decreto de la Alcaldía que extiende hora de rumba irá hasta 2022

La medida busca aportar a la reactivación económica de la ciudad y de los diferentes sectores.

La Alcaldía de Bogotá, a través del Decreto 477 autoriza que establecimientos que expendan bebidas embriagantes, como bares, discotecas, centros nocturnos y clubes, puedan tener un funcionamiento permanente hasta las 5:00 a.m. Cabe mencionar que el Decreto no solo aplicará para diciembre, seguirá vigente en 2022.

De acuerdo con el acto oficial expedido por la alcaldesa mayor de Bogotá, Claudia López, la medida adoptada modifica las normas para el funcionamiento de establecimientos que desarrollen alguna actividad económica que involucre el expendio o consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes. La nueva sanción estableció que el horario de operación de estos lugares será desde las diez de la mañana (10 a. m.) y hasta las cinco de la mañana (5 a. m.) del día siguiente.

Pese a que la medida aplica para todos los establecimiento que participen en este rubro de la economía de la ciudad, hay algunas excepciones que estipulan que: los establecimientos que estén ubicados a menos de 200 metros de centros educativos universitarios en las intermediaciones de la calle 1 y la calle 82 y entre la avenida circunvalar y la carrera 17, no podrán vender bebidas alcohólicas en el horario comprendido entre las cinco de la mañana (5 a. m. y las tres de la tarde (3 p. m.) del mismo día, de lunes a sábado.  

Ahora bien, en el caso de supermercados, almacenes de grandes superficies comerciales, licorerías, cigarrerías, estancos, salsamentarías, confiterías, fruterías, panaderías, tiendas de barrio, galleras, y canchas de tejo, el horario permitido para la venta y consumo de licor solo regirá entre las 7:00 a.m. y las 11:00 p.m. del mismo día. Sin embargo, esta medida también habilita para que estos lugares funciones hasta las 5:00 a.m. pero sin la venta de bebidas embriagantes. 

En el caso de los restaurantes, el horario de venta no será modificado y los diferentes licores solo podrán ser servidos como acompañamiento de la comida. 

El Decreto entró en vigencia una vez publicado.

Fuente: EL TIEMPO