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Renta exenta para empresas de joyería y bisutería

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Conozca los requisitos para acceder al beneficio de renta exenta para empresas de economía  naranja

¿En qué consiste el beneficio de rentas exentas para empresas de la Economía Naranja?

Es un incentivo tributario para empresas de Economía Naranja (Industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas), en donde las rentas que sean provenientes de su objeto social se encuentran exentas por un periodo de cinco (5) años (Ley 2010 de 2019, art. 91, con algunas modificaciones planteadas en los artículos 44 y parcialmente el 65 de la Ley 2155 de 2021.).

¿Quiénes pueden aplicar?

Aquellas personas jurídicas (sociedades) que estén constituidas o se constituyan e inicien actividades antes del 30 de junio de 2022,que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario (Responsabilidad 05- Impto. renta y complementarios. régimen ordinario expresa en el RUT),

que tengan su domicilio principal dentro del territorio colombiano y cuyo objeto social sea exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.

Requisitos:

  • Ser persona jurídica e iniciar el desarrollo de las actividades antes del 30 de junio de 2022.
  • El objeto social debe ser exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas y todas las actividades económicas que registra el RUT y el Registro Único Empresarial RUES, deben estar enmarcadas en la actividad 3210 fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos, para el caso de este sector.
  • Sus ingresos brutos anuales no pueden ser superiores a 80.000 UVT, es decir, los ingresos con corte a diciembre 31 del año inmediatamente anterior a la presentación del proyecto (para empresas creadas en 2021 y años anteriores) o con corte al mes anterior de presentación del proyecto (para empresas creadas en 2022) deben ser inferiores a $3.040.320.000 ($38.004 = 1 UVT en 2022).
  • Debe generar nuevos empleos relacionados directamente con las industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas

Es importante tener en cuenta que la generación de nuevos empleos, se deberá realizar con posterioridad al otorgamiento del beneficio, razón por la cual, al momento de presentar el proyecto, la empresa postulante sólo deberá hacer una proyección.

¿Dónde y cuándo se pueden presentar?

Todo el trámite es virtual a través del sitio web: https://www.economianaranja.gov.co

La presentación de proyectos para aplicar al beneficio se dará durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de junio de 2022.

Fuente: https://economianaranja.gov.co/