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Beneficios tributarios a empresas que inviertan en proyectos de ciencia, tecnología e innovación

El Gobierno Nacional tiene un cupo anual de 500 mil millones de pesos para deducción tributaria a empresas que inviertan en proyectos de innovación.

Como estrategia para fomentar la innovación en las empresas, desde 1990 el país implementó un sistema de estímulos fiscales para esas empresas que promuevan el desarrollo investigativo en sus procesos. En los últimos cuatro años, como resultado de esto, se han otorgado 1,3 billones de pesos en inversión privada para ciencia, tecnología e investigación (CTI).

La meta trazada a nivel nacional es alcanzar un presupuesto de inversión en CTI del 1% del PIB, para lo cual se ha incentivado a las empresas privadas para que inviertan recursos en este campo. Alrededor del 60% de los países de la OCDE han concedido beneficios tributarios como mecanismo indirecto para financiar hasta el 68% de los recursos públicos destinados a investigación, desarrollo e innovación.

En la actualidad existen cuatro modalidades de estímulos fiscales asociadas a inversión en CTI dadas por las normas tributarias de Colombia. Estas consisten en deducciones en rentas de hasta el 175% por la inversión en proyectos de CTI, la exención de IVA por las importaciones de equipos para realizar proyectos de CTI, así como la exención por ventas de desarrollo de software con contenido científico, e ingresos no constitutivos de renta tanto para empresas como personas que estén involucradas en proyectos de CTI.

La encuesta de Desarrollo e Innovación Tecnológica del Dane muestra que más del 75% de las empresas en Colombia no son innovadoras. Cerca del 60% de la inversión en ciencia proviene del estado y en menor medida del sector privado. Una de las alternativas implementadas por el Gobierno para incrementar la inversión privada ha sido a través de la designación de empresas como altamente innovadoras para facilitar su acceso a los incentivos fiscales.

Para acceder a los beneficios, Colciencias anualmente abre una convocatoria entre septiembre y diciembre para la asignación de cupos para la siguiente vigencia fiscal.

Más información:

CONPES 3834

Estatuto Tributario